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Para que un menor de edad,
que reside en el Perú o que
residiendo en el extranjero
haya permanecido en
territorio nacional por mas
de 90 días, pueda salir del
país, solo o
acompañado, es obligatorio
contar con la
autorización de
ambos padres con
certificación notarial o
consular, según corresponda.
La autorización de viaje
debe estar firmada por ambos
padres. En el caso que uno
de los padres este en el
extranjero y otro en el
Perú, el que esta en el
extranjero deber firmar la
autorización ante un
Funcionario Consular
indicando que el otro padre
firmará la autorización en
otro documento ante Notario
Público en el Perú.
No es necesario tramitar una
autorización de viaje
peruana para que un menor de
edad pueda viajar DEL
EXTRANJERO HACIA EL PERU.
Lo que si va a necesitar es
cumplir con las regulaciones
del país de domicilio para
su salida de dicho
territorio.
Es requisito indispensable
traer la partida de
nacimiento del menor y
conocer el número de
pasaporte. También debe
proporcionar el itinerario
del viaje del menor
obligatoriamente.
Requisitos.-
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Documento Nacional de Identidad (DNI), del o los padres, vigente, o en su defecto constancia de haber iniciado el trámite de duplicado o renovación ante el consulado y 1 fotocopia --Ver requisitos aquí--
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Llenar el formulario de solicitud de autorización de viaje. --Descargar formulario aquí--
Partida de nacimiento del o los menores y 2 fotocopias, una de ellas es para enviar a Lima anexada a la Autorización.
Fotocopia del Pasaporte del o los Menores y de las páginas 1, 2 y 3.
Si el o los menores viajaran acompañados, Nº de DNI, pasaporte, Nombres y Apellidos completos del o la acompañante.(tal como figure en su DNI)
Si va a dar poder a alguien en Perú, para que haga Nº de DNI, nombres y apellidos completos del apoderado (tal como figuren en el DNI)
Conocer el itinerario de viaje del menor.
Costo:
18.00 euros
El trámite es personal.
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