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PODERES.-
- Carta Poder simple.
La carta poder sirve para que un familar o amigo del interesado pueda tramitar en Perú, partidas de nacimientos, visados, certificados de antecedentes penales y operaciones monetarias cuyo valor no exceda S/. 1,750 nuevos soles (1/2 UIT) o su equivalente en dólares. Es válido para un solo acto.

 

Requisitos.-

  • Documento Nacional de Identidad (DNI), vigente y una fotocopia o en su defecto constancia de haber iniciado el trámite de duplicado o renovación ante el consulado --Ver requisitos aquí--

  • Llenar el formulario de solicitud de carta poder. --Descargar formulario aquí--

  • Nº de DNI y nombres y apellidos completos del apoderado ( los datos deben de ser los mismos que figuran en el DNI)

  • Costo: 18.00 euros

  • El trámite es personal.

  • Nota: Los poderes para cobrar pensiones de jubilación tienen un costo de 9.00 euros

- Poder Fuera de Registro.-
El poder fuera de registro sirve para que un familar o amigo del interesado pueda tramitar en el Perú, cobro de sueldos y pensiones, solicitud de visados y pasaportes, autorizaciones de viaje, operaciones monetarias cuyo valor no exceda S/. 3,500 nuevos soles (1 UIT) o su equivalente en dólares. Es válido por 1 año.

Requisitos.-

  • Documento Nacional de Identidad (DNI), vigente y una fotocopia o en su defecto constancia de haber iniciado el trámite de duplicado o renovación ante el consulado --Ver requisitos aquí--

  • Llenar el formulario de solicitud de poder fuera de registro. --Descargar formulario aquí--

  • Nº de DNI y nombres y apellidos completos del apoderado ( los datos deben de ser los mismos que figuran en el DNI)

  • Costo: 22.50 euros

  • El trámite es personal.

  • Nota: Los poderes para cobrar pensiones de jubilación tienen un costo de 9.00 euros

- Poder por Escritura Pública.-

        ---SE ATIENDE PREVIA CITA---

El poder por escritura pública sirve para realizar gestiones vinculadas con la transferencia de propiedad (muebles e inmuebles), actos judiciales, venta de acciones, constitución de empresas, matrimonios, rectificación de partidas de nacimiento, entre otros actos de mayor importancia. Este poder es válido hasta su revocación mediante otra escritura pública.

 

 El costo de las escrituras públicas depende del acto que contenga. Junto con la escritura pública generalmente se otorga un Testimonio cuyo costo depende del número de páginas. --Ver tarifas consulares aquí..

 

Es importante que antes de firmar la escritura pública en el Consulado el interesado lea cuidadosamente el contenido de la misma y verifique que corresponda exactamente a su declaración de voluntad. Una vez firmada una escritura pública, no puede ser modificada, ni alterada, ni aclarada, sino por otro instrumento público de igual naturaleza.

 

El trámite se hace previa cita, la cual se puede solicitar de 3 manera:

-Personalmente en nuestras oficinas: Plaza Los Pinazo Nº 2, piso 3, (46004), Valencia.

-Por teléfono, llamando al  96.352.4463 extensión 011.

-Por correo electrónico registros@consuladoperuvalencia.org.

 

Requisitos.-

  • Solicitar el turno de cualquiera de los 3 modos antes citados.

  • Documento Nacional de Identidad (DNI), vigente y una fotocopia o en su defecto constancia de haber iniciado el trámite de duplicado o renovación ante el consulado --Ver requisitos aquí--

  • Nº de DNI y nombres y apellidos completos del apoderado ( los datos deben de ser los mismos que figuran en el DNI)

  •  Minuta (proyecto del poder que se presenta al Consulado, preparado y firmado por abogado en el Perú). Esta debe contener en la introducción de la escritura los siguientes datos tanto del otorgante como del apoderado:

 

NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS

NACIONALIDAD

ESTADO CIVIL

DOMICILIO

DNI SIN SON PERUANOS O  PASAPORTE SI ES EXTRANJERO

PROFESIÓN U OCUPACIÓN

ENUMERACIÓN DE FACULTADES QUE DESEA OTORGAR

  • Rellenar la siguiente solicitud y presentarla firmada. ---Descargar aqui---

  • El trámite es personal.

  • Costo: 80.00 euros

  • mínimo, aumentará dependiendo de la cantidad de paginas del poder y del número de apoderados. Por cada poderdante o apoderado adicional 7.50 euros. Por cada hoja adicional en el testimonio 7.50 euros.

 

Este tipo de poder puede efectuarse también ante notario español, en caso el interesado desee hacerlo de este modo y a fin que surtan efectos legales en el Perú, es necesario que lleven transcritos algunos artículos del Código Civil y/o Código Procesal Civil peruanos. A continuación le indicamos los artículos que deberán ser incluidos dependiendo del objetivo del poder:

 - Poder para representar en juicios: Art. 74 y 75 del Código Procesal Civil. Haga click aquí.
 - Poder para divorcio: Art. 74 y 75 del Código Procesal Civil. Haga click aquí.
 - Poder para contraer matrimonio: Art. 264 del Código Civil. Haga click aquí.
- Poder para disponer de bienes inmuebles (compra / venta): Art. 156 del Código Civil. Haga click aquí.
- Poder para nombrar tutor de menores: Art. 503 del Código Civil. Haga click aquí.

 

IMPORTANTE: Estos poderes deberán ser legalizados en este Consulado antes de ser enviados al Perú. Para ver la tarifa de legalizaciones haga click --aquí--

 

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