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NOTA: EL CONSULADO SOLO ESTA
FACULTADO PARA RENOVAR LAS
LIBRETAS DE EMBARCO. BAJO
NINGUNA CIRCUNSTANCIA SE
PUEDE EXPEDIR UNA NUEVA.
Base legal: El procedimiento
para renovar Libretas de
Embarco se encuentra
establecido en el Reglamento
de Capitanías y de las
Actividades Marítimas,
Fluviales y Lacustres (D.S.
002-87-MA)
Procedimiento: El
Artículo B-030410 de dicha
norma legal señala que:
"Cuando un matriculado se
encuentre imposibilitado de
renovar su matrícula por
encontrarse navegando en el
extranjero, se deberá
proceder de la siguiente
manera:
A) Si se encuentra embarcado
en una nave de bandera
nacional, la Libreta tendrá
vigencia hasta que retorne a
territorio nacional,
debiendo el interesado
enviar una comunicación a la
autoridad marítima para
mantener vigente la
matrícula.
B) Si se encuentra embarcado
en nave de bandera de otro
país, gestionará la
renovación ante el Cónsul
peruano del puerto al que
arribe días antes de la
fecha de vencimiento de su
matrícula, debiendo
presentar en adición a su
solicitud un Certificado de
embarco y otro médico, para
que el Cónsul pueda proceder
a comunicar este hecho a la
Dirección General"
Requisitos.-
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Solicitud escrita de renovación dirigida al Cónsul General del Perú en Valencia.
-
Certificado de embarco o carta de la naviera indicando que el tripulante trabaja para ellos o embarcará pronto.
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Certificado médico
-
Libreta de Embarco original
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Costo:
22.50 euros
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